DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo.-
Acusa violación del art. 116 parágrafo I y II de la Constitución Política del Estado, art. 8-1 y 25 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, arts. 90, 219, 227, 251 y 252 del Código de Procedimiento Civil; al haber silenciado el recurso de apelación interpuesta a fs. 298 a 300 y vta., cuando debió decidir sobre los agravios acusados en alzada, desconociendo el derecho a la segunda instancia y el principio del derecho a la defensa y a obtener una respuesta fundada, motivada y con explicación jurídica
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo.-
Acusa violación del art. 116 parágrafo I y II de la Constitución Política del Estado, art. 8-1 y 25 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, arts. 90, 219, 227, 251 y 252 del Código de Procedimiento Civil; al haber silenciado el recurso de apelación interpuesta a fs. 298 a 300 y vta., cuando debió decidir sobre los agravios acusados en alzada, desconociendo el derecho a la segunda instancia y el principio del derecho a la defensa y a obtener una respuesta fundada, motivada y con explicación jurídica
- Partes: Ilsem Hurtado Rojas c/ Carlos Miranda Hurtado y otros
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resoluciones de primera instancia que fue recurrida de apelación por Valentín Colque Quispe y Belinda
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere que la ley no puede sancionar a un adquiriente de buena fe, refiriendo que
- Acusa que la Sentencia incurrió en infracción de los arts
- Por lo que solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo o en su defecto
- Tomando en cuenta que el recurrente formula su recurso en el fondo como en la
- Pese a la aclaración efectuada, en caso de que la norma legal no hubiera sido
- Por lo que de la revisión de los actuados se tiene que la parte actora
- Respecto a la Resolución fundamentada y motivada, corresponde señalar que dichos requisitos son necesarios en
- Asimismo, corresponde señalar que en el recurso de casación en el fondo se ha insertado
- Respecto a la excepción de falta de acción y derecho, en la que cuestiona que
- Respecto a la infracción del art
- Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
