Auto Supremo AS/0984/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0984/2015

Fecha: 28-Oct-2015

La antigua Constitución Política del estado de 1967 respecto a la unión concubinaria exigía

La antigua Constitución Política del estado de 1967 respecto a la unión concubinaria exigía el transcurso de por lo menos dos años de convivencia para determinar la estabilidad de la unión; en la actualidad, la determinación de la estabilidad corresponde al Juez, quien en base a su sano criterio debe apreciar las circunstancias para establecer si una comunidad de vida goza de estabilidad o por el contrario se constituye en una mera relación esporádica