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    Auto Supremo AS/0774/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0774/2015-RRC-L

    Fecha: 05-Nov-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 5 de julio de 2011, cursante de fs
    • a) Desarrollada la audiencia del juicio oral y público, por Sentencia 31/2006 de
    • b) Contra la citada Sentencia, el Ministerio Público (fs
    • Denuncia que en la emisión del Auto de Vista recurrido se vulneró la ley sustantiva
    • Mediante Auto Supremo 639/2015-RA-L de 18 de septiembre, de fs
    • II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 31/2006 de 25 de octubre, el Tribunal Cuarto de Sentencia de la entonces
    • II.2. De la apelación restringida de Fernando Maldonado Baya
    • El acusador particular Fernando Maldonado Baya, acusó como agravio la insuficiente fundamentación de la Sentencia,
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Cochabamba, declaró
    • En cuanto al motivo referido a la exclusión ilegal de dos informes periciales, señaló que
    • Este Tribunal admitió el presente recurso por vía de flexibilización, abriendo su competencia a fin
    • III.1. Análisis del caso concreto
    • Del contenido del motivo que manifiesta el recurso de casación, se desprende que el recurrente
    • Los aspectos defectuosos que denuncia el recurrente, que tuvieren origen en la labor del Tribunal
    • El Auto de Vista impugnado por su parte, sostuvo que la Sentencia realizó una adecuada
    • Ahora bien, para determinar la comprensión de los aspectos reclamados por el recurrente, es necesario
    • En el caso de autos, la denuncia está orientada a que el a quo, no
    • Por otro lado, asumiendo una presunta situación defectuosa al hecho de no haberse realizado el
    • Por lo que, el Auto de Vista impugnado, al emitir una Resolución confirmatoria de la
    • El aspecto referido a que, el Tribunal a quo no estableció de forma clara los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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