Auto Supremo AS/0774/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0774/2015-RRC-L

Fecha: 05-Nov-2015

Ahora bien, para determinar la comprensión de los aspectos reclamados por el recurrente, es necesario


Ahora bien, para determinar la comprensión de los aspectos reclamados por el recurrente, es necesario tener presente que en el proceso penal, a la conclusión del juicio oral y público corresponde emitir Sentencia, sobre la base de todo lo oído y visto por el Tribunal o juzgador, y realizar la labor imprescindible de valoración de la prueba, apreciando individual y conjuntamente todas las pruebas desfiladas y sometidas a contradicción que hayan sido legalmente introducidos al juicio oral, dicha operación valorativa debe responder a un procedimiento lógico, razonable y teleológico. En caso de establecer que la valoración o apreciación de la prueba fue efectuada con infracción de las reglas jurídicas que regulan la forma y contenido de la motivación, o que los juicios vertidos sobre las pruebas no responden al procedimiento descrito, corresponderá al Tribunal de apelación, en ejercicio del control jurídico, establecer los errores o inobservancias del procedimiento que lesionen la garantía del debido proceso, dicho control se traduce en la determinación de los vicios de fundamentación, vicios en la Sentencia, violación de la sana crítica, inclusión de prueba que no ha sido producida, exclusión de la prueba que ha sido producida y valoración de prueba ilícita; que a su vez, explica la razonabilidad y ausencia de arbitrariedad a ser tomada en cuenta en las apreciaciones y conclusiones que se extraen de dichas pruebas; en caso de advertir vulneración a las reglas mencionadas, el Tribunal de alzada deberá pronunciar el respectivo Auto de Vista, advirtiendo las consecuencias establecidas en el art. 413 del CPP