Auto Supremo AS/0777/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0777/2015-RRC-L

Fecha: 05-Nov-2015

Por los argumentos expuestos, se concluye, que el Tribunal de alzada al momento de emitir


Por los argumentos expuestos, se concluye, que el Tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista recurrido, dio respuesta a todos los aspectos impugnados o reclamados por el recurrente, no incurriendo en incongruencia omisiva, conocida también como fallo corto, citra petita o ex silentio, criterio que fue desarrollado por este Tribunal en el apartado jurídico III.1 de este Auto Supremo, advirtiéndose que el Tribunal de apelación ajustó su actividad jurisdiccional a lo previsto por los arts. 124 y 398 del CPP, no incurriendo en vulneración al debido proceso ni seguridad jurídica como alega el recurrente, situación por la que el presente recurso deviene en infundado