El recurrente invoca el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006, cuya doctrina
El recurrente invoca el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006, cuya doctrina legal aplicable señala: “ Que el espíritu de la nueva normativa procesal penal en consonancia con la doctrina contemporánea sobre la apelación restringida que constituye el único medio para impugnar la sentencia; enseñan que la autoridad a cuyo conocimiento es sometida una causa en la que se denuncia la presencia de "defectos de la sentencia"; con el propósito de lograr su revisión, y evidenciar o rechazar los vicios revelados, debe dar estricta aplicación al artículo 124 de la Ley Nº 1970 que dice que: "Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados, expresando los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba. La fundamentación no podrá ser reemplazada por la simple relación de los documentos o los requerimientos de las partes", debiendo circunscribir sus actos a la resolución de los puntos que constituyen el fundamento del recurso
- Por memorial presentado el 25 de agosto de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo por el que se admite
- Mediante el Auto Supremo 589/2015-RA-L de 17 de septiembre, se admitió por flexibilización el recurso
- Mediante recurso de apelación restringida, el acusador particular, denunció: a) Defecto de Sentencia previsto en
- El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 43/2011 de 20 de junio, que
- Conforme lo expresado, el Tribunal de alzada, admitió el recurso de apelación restringida y declaró
- El Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación interpuesto por la parte acusadora,
- Para ello, será preciso partir del análisis de la resolución judicial invocada como contrario al
- III.1. Del precedente contradictorio invocado por el recurrente
- El recurrente invoca el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006, cuya doctrina
- Actuar de manera contraria a la señalada precedentemente implicaría vulneración de las normas del debido
- La doctrina legal establecida en el precedente invocado, fue emitida por la Sala Penal de
- Este Tribunal en reiteradas oportunidades ha señalado que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce
- Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
- Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
- Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
- III.3. Análisis del caso concreto
- Siendo identificado el motivo del recurso de casación en sentido que el recurrente afirma que
- Así del planteamiento de la apelación restringida se constata que la denuncia se centró en
- De la revisión del Auto de Vista impugnado, conforme se desprende del cuarto Considerando de
- Ahora bien, en relación al primer defecto de sentencia, que se base en medios o
- Esto hace ver que evidentemente el Tribunal de apelación en relación a este defecto de
- En relación a las respuestas del Tribunal de alzada sobre los defectos de sentencia previstos
- Consecuentemente, es evidente que el Tribunal de alzada no dio respuesta fundamentada a los agravios
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
