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    Auto Supremo AS/1002/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1002/2015

    Fecha: 05-Nov-2015

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    • Auto Supremo: 1002/2015 - L Sucre: 05 de noviembre 2015
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Miguel Ángel Ríos mediante memorial
    • En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justica de
    • Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Banco Nacional de
    • CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • a
    • b
    • Con todos esos antecedentes pido anular el proceso hasta el vicio más antiguo
    • Para el nunca admitido dice, que no se reconozca los vicios de nulidad, plantea recurso
    • 1
    • Que conforme al art
    • 2
    • 3
    • 4
    • Que independientemente de lo anterior que la hipoteca que el Banco Nacional S
    • 5
    • Otro aspecto fuera que no se sometió a confesión provocada y habría negado aportar con
    • Que la Sentencia debe circunscribirse a los hechos a los hechos y pruebas aportadas dentro
    • Que por lo expuesto solicita se anulen obrados hasta el vicio mas antiguo o en
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Bajo ese antecedente se tiene que
    • Por lo analizado, corresponderá emitir resolución en sujeción a lo previsto por el art
    • Se refiere a manera de justificativo entre otros aspectos que se habría firmado el documento,
    • Es evidente lo afirmado por el recurrente cuando acude a lo previsto por el art
    • Luego de la suscripción del documento transaccional pese al cumplimiento de las condiciones estipuladas,
    • Estamos de acuerdo con el contenido de las normas que señala el recurrente acerca de
    • Se dice que el actor tuviera la carga de la prueba, y es evidente ello
    • Por los antecedentes analizados, corresponderá emitir resolución en sujeción a lo previsto por el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regulan los honorarios del Abogado en Bs. 1.000
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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