Auto Supremo AS/1046/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1046/2015

Fecha: 16-Nov-2015

CONSIDERANDO I:


VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 465 a 471 vta., interpuesto por Natividad Colque Quisbert contra el Auto de Vista N° 240/2011 de 08 de agosto de 2011, de fs. 458 a 461, pronunciado por la Sala Civil Primera de la (entonces) R. Corte Superior de Judicial de La Paz, dentro el proceso Ordinario de Acción Reivindicatoria, Acción Negatoria y Resarcimiento de Daños y Perjuicios seguido por Edwin Lucio Landívar Carrafa, Héctor Ramiro Landívar Carrafa, Gloria Yesmin Landívar Carrafa, Rosario Eugenia Landívar Carrafa y María Leonor Landívar Vda. de Camacho en contra de Natividad Colque Quisbert, la contestación de fs. 475 vta., el Auto de concesión de fs. 481, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Partido en lo Civil-Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció Sentencia de fecha 08 de diciembre de 2009, de fs. 356 a 360 y vta., falla declarando PROBADA, la demanda de fs. 109 y vta., de obrados con relación a la acción reivindicatoria y acción negatoria e IMPROBADAS la reconvención y excepción perentoria de fs. 184 a 188 de obrados, disponiéndose que en ejecución de Sentencia la demandada entregue el bien inmueble a los actores, dentro el tercero día de ejecutoriado la Sentencia. En cuando a los resarcimientos de daños y perjuicios, sin lugar, por no haber sido demostrados en el curso del proceso. Sin costas por ser juicio doble.
Contra dicha Resolución, Natividad Colque Quisbert interpone recurso de apelación de fs. 367 a 374, así como también María Leonor Landívar Vda. de Camacho por si y en representación de Edwin Lucio Landívar Carrafa, Héctor Ramiro Landívar Carrafa, Gloria Yesmin Landívar Carrafa, Rosario Eugenia Landívar Carrafa interpone recurso de apelación de fs. 376 a 377, que mereció el Auto de Vista N° 240/2011 de 08 de agosto de 2011, de fs. 458 a 461, pronunciado por la Sala Civil Primera de la (entonces) R. Corte Superior de Judicial de La Paz, que CONFIRMA, la Sentencia apelada, resolución que dio lugar al recurso de casación interpuesto por Natividad Colque Quisbert, el mismo que merece el presente análisis