Refiere también, los de instancia tampoco han valorado la prueba testifical cursante a fs
Del mismo modo refiere la recurrente, que su señor padre Vicente Colque habría hecho instalar los servicios básicos luz eléctrica hace más de 20 años atrás y también se ha aparejado al proceso facturas de la Empresa Bolivian Power de fechas anteriores, lo cual no se ha valorado por los de instancia.
Refiere también, los de instancia tampoco han valorado la prueba testifical cursante a fs. 460, refiriendo los de instancia que si bien la prueba testifical fueron uniformes empero no desvirtuaron la prueba documental cursante en obrados, pronunciamiento que no hace mención sobre la prueba testifical de descargo que al cuestionario que fue presentado todas fueron respuestas uniformes y contundentes, que también no fueron tomadas en cuenta en Resolución
Refiere también, los de instancia tampoco han valorado la prueba testifical cursante a fs. 460, refiriendo los de instancia que si bien la prueba testifical fueron uniformes empero no desvirtuaron la prueba documental cursante en obrados, pronunciamiento que no hace mención sobre la prueba testifical de descargo que al cuestionario que fue presentado todas fueron respuestas uniformes y contundentes, que también no fueron tomadas en cuenta en Resolución
- Partes: Edwin Lucio Landívar Carrafa y Otros. C/Natividad Colque Quisbert
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- Del mismo modo refiere, que en principio se ha demandado una acción ordinaria de reivindicatoria
- Del mismo modo señala la errónea apreciación de la prueba al haber incurrido en error
- Refiere también, los de instancia tampoco han valorado la prueba testifical cursante a fs
- Por lo que concluye solicitando al Tribunal de casación dicte Auto Supremo casando el Auto
- CONSIDERANDO III
- En lo que respecta a las denuncias expuestas en el recurso de casación en el
- En principio cabe señalar, el art
- Conforme lo señalado, podemos advertir que el art
- De manera general, las acciones reales como ser: la reivindicación, la acción negatoria y confesoria,
- Correspondiendo en principio señalar el art
- Con relación a los requisitos o caracteres mencionados debemos referir que éste Tribunal Supremo mediante
- No obstante, para que opere la interrupción civil de la prescripción adquisitiva, quien considere tener
- Establecidos esos aspectos generales, corresponde precisar que, no toda acción o controversia judicial genera el
- La posesión pública, en términos generales es aquella que se ejerce frente a la sociedad,
- La posesión clandestina es aquella que se opone a la posesión pública
- Sobre la posesión pacífica o no violenta, entendida por la doctrina como aquella que está
- En ese marco, sostiene también el Autor Moisés Arata Solís, “este requisito debe entenderse dentro
- En ese mismo sentido también se dirá, si la posesión pacífica fuese aquella que no
- No obstante de ello, dicha pretensión se encuentra sustentada por las documentales consistentes en 1
- Sin responsabilidad por ser error excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
