Finalmente, solicita se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista recurrido de conformidad
Que existirá error de derecho en la apreciación de la prueba, por cuanto le darían el valor que otorga el art. 1296 y 1311 del C.C., a la saliente de fs. 168 cuando en el sello que cursa en dicha prueba existirá la leyenda de “sin valor legal” es decir que la Resolución recurrida se fundaría y basaría en ese documento inexistente jurídicamente, a mayor abundamiento existiría error de hecho también en la apreciación de la prueba ya que a fs. 356 y fs. 357 del expediente correría fotocopia legalizada del registro de derechos reales , relativo a la inscripción de del derecho de origen de Vitalia Saavedra L, en el que de forma precisa se establecería su ubicación en la concesión lomas de Urubo a 2 Km., y medio de la ciudad compuesta de 391 has., y medio de terreno , que se complementaría con la prueba de fs. 343; errores de hecho y derecho en que habría incurrido el Ad quem.
Finalmente, solicita se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista recurrido de conformidad al art. 271.4 del C.P.C., y deliberando en el fondo se mantenga firme la Sentencia de primera instancia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Se declara probada la excepción de Cosa Juzgada planteada por Victor Hugo Fernández Soto, e
- Se declara probada la demanda reconvencional por la desocupación y entrega judicial de inmueble, formulada
- Emplazando a los demandantes, para que en el plazo de 60 días a partir de
- Por lo que, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,
- Ante la determinación adoptada por el Ad quem, el demandado interpuso recurso de casación, conforme
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Que el Auto de Vista recurrido violaría el art
- Que el efecto de la cosa juzgada sería el de asegurar la estabilidad y la
- Que el Auto de Vista recurrido sería contradictorio toda vez que en su fundamento determinaría
- Finalmente, solicita se dicte Auto Supremo Casando el Auto de Vista recurrido de conformidad
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto a los dos primeros agravios planteados en el fondo el recurrente centra su fundamentación
- Por su parte nuestra legislación ha recogido dicho instituto en el art
- Cuando una Sentencia adquiere calidad de cosa juzgada se derivan una serie de efectos que
- En este marco, para determinar si la Sentencia sobre mejor derecho propietario con calidad de
- Por otra parte, en el caso presente si bien existen múltiples pretensiones planteadas por los
- Demanda de nulidad, que hace a una acción personal regulada por el art
- Resultando por ello no ser evidente que entre ambos procesos exista identidad de objeto, por
- En cuanto a que el Auto de Vista recurrido sería contradictorio toda vez que en
- Respecto a que existirá error de derecho en la apreciación de la prueba, por cuanto
- En este entendido, del análisis de la Resolución impugnada se tiene que este no basa
- Por otra parte los jueces de instancia a momento de la valoración de la prueba
- Por lo anterior manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
