Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1062/2015
Fecha: 17-Nov-2015
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Revollo
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Proceso: Nulidad de documento de compraventa y su registro
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I:
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Wilfredo Revollo Fuentes, de fs
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Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez de Partido Décimo en lo Civil, mediante
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En grado de apelación, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia de
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CONSIDERANDO II:
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De otra parte, alega: a) Errónea interpretación y mala aplicación del art
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b) Los informes periciales de fs
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c) Alega que ni el Juez ni los Vocales consideraron las literales de fs
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d) Señala que tampoco han considerado la prueba testifical de cargo de fs
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e) Asegura que el art
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f) Indica que la complementación en el documento respecto de la tradición del título ejecutorial
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En base a dichos antecedentes, pide se case el auto de vista recurrido
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I. En cuanto al agravio considerado en la forma
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II. En cuanto a los agravios que se consideran de fondo
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En relación al tercer agravio, ése ya fue respondido en el primer agravio de fondo
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En el quinto reclamo arguyen que fue violado el art
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En su agravio seis indica que la complementación en el documento fue exigido por el
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En su último agravio reclama porque su excepción de cosa juzgada se ha probado porque
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En el Auto que data de 18 de marzo de 1998 que fue confirmado por
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En consecuencia, no se han sustentado los agravios de fondo deviniendo éstos en infundados
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.1.000 (Un Mil Bolivianos)
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
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