Auto Supremo AS/1083/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1083/2015

Fecha: 18-Nov-2015

Deducida la apelación por ambas partes y remitida las mismas ante la instancia competente, la

IMPROBADA la acción reconvencional de fs. 42 a 44, planteado por Carlos Manuel Mercado Mercado;
PROBADA la excepción perentoria de improcedencia opuesta a la mutua petición, sin costas por ser juicio doble.

Deducida la apelación por ambas partes y remitida las mismas ante la instancia competente, la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior de Justicia de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia), mediante Auto de Vista Nº REG/S.C.II/ZGC/ASEN.306/20.08.2011, confirmo la Sentencia Apelada