Auto Supremo AS/1083/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1083/2015

Fecha: 18-Nov-2015

En este entendido, de la revisión de la respuesta a la demanda y reconvención de

En este entendido, de la revisión de la respuesta a la demanda y reconvención de fs. 42 a 44 y vta., se tiene que si bien Carlos Manuel Mercado, señala que su tía le habría manifestado su deseo de que el mismo ceda la mitad del lote en cuestión a uno de sus hermanos, y que dicha intención habría quedado truncada, dicha afirmación no resulta una confesión que reconozca la existencia del error esencial que acusan los demandantes para declarar la nulidad del documento en cuestión, ya que el mismo señala que dicho acuerdo habría quedado truncado es decir nunca se concretó, afirmación que no resulta concreta y clara como para generar la certeza de que el demandado acepto que habría error en cuanto a la especificación de la superficie del terreno, ya que al contrario toda la exposición plasmada en el memorial de fs. 22 a 44 y vta., se centra a rechazar el supuesto engaño de su parte hacia María Victoria Mercado y que este habría hecho incurrir en error sustancial en el contrato; no siendo evidente la existencia de confesión espontanea por parte del demandado