Auto Supremo AS/1083/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1083/2015

Fecha: 18-Nov-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por todo lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art. 271 num. 2) y el art. 273 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en virtud a la atribución contenida en el art. 42.I num. 1) de la Ley N° 025 del Órgano Judicial y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo cursante de fs. 302 a 303 y vta., interpuesto por Álvaro Mauricio Cassab Ontiveros, Nagara Hipolita Villegas y María Cristina Erquicia Peralta, en representación de Sonia Ivonne Mercado Ortuño y Raúl Mercado Ortuño contra el Auto de Vista REG/S.CII/ZGC/ASEN. 306/20.08.2011, cursante de fs. 296 a 299. Con costas