Del análisis y contrastación del recurso de apelación interpuesto por el Defensor de Oficio con
Del análisis y contrastación del recurso de apelación interpuesto por el Defensor de Oficio con el Auto de Vista hoy impugnado, se advierte que el Tribunal de Alzada, dio una respuesta global al recurso (ver fs. 746), señalando de manera expresa “Los fundamentos expuesto en este punto, de una lectura detenida de la sentencia apelada, particularmente del primer considerando punto I del inciso A al G ha sido detallado y explicado respecto a cada uno de los documentos que han sido presentados en calidad de prueba por la actora y la demandante Betty Orellana, entonces lo expuesto en el recurso de apelación que motiva esta resolución no son evidentes dichos extremos; en cuanto reflejan en los fundamentos II, II, IV y VI cabe hacer hincapié en que el supuesto documento en el que aparecen suscribiendo los demandados individualizados por el abogado defensor al momento de impugnar la sentencia, se pone de manifiesto que el documento privado de re adjudicación de lotes de terreno a favor de todos los nombrado y miembros de la directiva por los hechos que se hicieron constar en el acta de inspección (477-477 vta.) al Juzgado de mínima Cuantía Nº 3 de la Provincia Quillacollo a cargo de José Villamontes Mercado y tratarse de simple fotocopias sin valor legal….” De haber sido insuficiente la respuesta para el recurrente, este tenía expedita la vía para activar el art. 239 del Código de Procedimiento concordante con el art. 196-2) del mismo cuerpo de leyes y al no haberlo hecho de manera oportuna ha precluido su derecho de impugnar este aspecto, por lo que no es evidencia el agravio denunciado
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Continua relatando que se cometió además otra aberración jurídica, bajo el denominativo “negocio jurídico”,
- Finalmente manifiesta que fue iniciada una acción ejecutiva en contra de los ahora demandados Juan
- Citados los demandados, unos de forma personal y otros mediante edictos de prensa, se tiene
- A fs
- Contra esa resolución de primera instancia, la demandada Betty Luz Orellana Rodríguez interpuso recurso de
- Del Recurso de Casación en el fondo de Betty Luz Orellana Rodríguez, se tiene lo
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- Por lo expuesto solicita a la Corte Suprema de Justicia, case el Auto de Vista
- En el fondo
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- En la forma
- Por lo que solicita su remisión a la Corte Suprema de Justicia, para que este
- Del análisis de los agravios denunciados por la recurrente Betty Luz Orellana Rodríguez, bajo la
- Del análisis del agravio denunciado, se tiene que el mismo cuestiona disposiciones legales relativas a
- Al agravio 2 del recurso, la recurrente observa el art
- El presente agravio, cuestiona un aspecto de forma y siendo que el recurso es planteado
- El presente agravio, al igual que el precedente cuestiona un aspecto de forma, como es
- El respecto diremos que; para ser procedente la excepción de cosa juzgada, deben concurrir necesariamente
- Adicionalmente a estos tres elementos que son necesarios para que concurra la autoridad de cosa
- En el caso de Autos y ante el fundamento del recurso de casación interpuesto en
- Del Recurso de Casación en el fondo y la forma de Álvaro Gonzalo Palacios Netousek
- De la revisión de obrados se evidencia que las pruebas aludidas en fotocopias simples
- Con relación al agravio 2, referido a que el Auto de Vista no se hubiera
- Del análisis y contrastación del recurso de apelación interpuesto por el Defensor de Oficio con
- Siendo que estos agravios son de forma y el recurso es interpuesto en el fondo,
- Al agravio 4 del recurso, señala que los codemandados a tiempo de responder a la
- Al agravio 5, el recurrente cuestiona cómo la demandante pudo haber participado de la división
- El art
- Es evidente que la presente disposición legal establece que los derechos reales surten efectos frente
- Por todo lo señalado precedentemente, corresponde a éste Tribunal resolver conforme lo estipulado en los
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
