Auto Supremo AS/1086/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1086/2015

Fecha: 18-Nov-2015

En el caso de Autos y ante el fundamento del recurso de casación interpuesto en

En el caso de Autos y ante el fundamento del recurso de casación interpuesto en este punto por Betty Luz Orellana Rodríguez, corresponde realizar un análisis respecto a la concurrencia de los elementos descritos supra que hacen a la cosa juzgada, de ahí que Martha Ontiveros Solís, mediante memorial de fs. 72 a 76, interpuso demanda de nulidad de escrituras públicas, entre ellas la nulidad de escritura de venta judicial, efectuada dentro del proceso ejecutivo seguido por José Saavedra B. contra Juan Guillen Peredo, Epifanio Orellana y Gloria Suarez de Melgarejo (ejecución de la iguala profesional), cuya consecuencia fue el remate de los bienes de los ejecutados, entre ellos el lote de terreno de la parte actora Martha Ontiveros Solís; quien no fue parte del proceso ejecutivo. Ordinarizado que fue el proceso ejecutivo según datos manifiestos por la recurrente, señala que la resolución de primera instancia declaro improbada la demanda, confirmada por el Tribunal superior, siendo este el argumento del recurso para pretender opere la excepción de cosa juzgada. Sin embargo cabe señalar que las pretensiones de las demandas aludidas son totalmente diferentes; es así que la pretensión de los ejecutados fue la revisión de dicho proceso a través de un proceso de conocimiento, en tanto que en el presente caso la pretensión es la nulidad de escrituras públicas; además de no haber identidad en los sujetos procesales, en el entendido de que la ahora demandante no fue parte del proceso ejecutivo, motivos legales por los que no opera la excepción de cosa juzgada. No siendo evidente el agravio denunciado