Asimismo, afirma que el Auto de Vista impugnado no se limita a expresar que
Asimismo, afirma que el Auto de Vista impugnado no se limita a expresar que las declaraciones testificales fueron valoradas y dirigidas a favorecer al imputado, citando el Considerando Tercero última parte de la resolución recurrida, sino que el Tribunal de alzada evidenció no solo el correcto entendimiento del Juez disidente, sino también recriminó la decisión de los demás Jueces Técnicos que decidieron por una absolución injusta, arguyendo también que no sólo se debe valorar las pruebas testificales sino también otros medios de prueba y asumen el criterio de que el Tribunal de Sentencia se apartó de las reglas de la valoración de la prueba y que la Sentencia no fue emitida sobre los elementos constitutivos del tipo penal de Asesinato, llegando a la conclusión de su comisión y la responsabilidad del acusado
- Por memoriales presentados 25 y 28 de septiembre y 1 de octubre de 2015, cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes
- La acusadora particular refiere que el Auto de Vista impugnado fue emitido a raíz de
- Asimismo, afirma que el Auto de Vista impugnado no se limita a expresar que
- En ese contexto, la recurrente refiere que no obstante a lo señalado, el Tribunal de
- II.2.Recurso de casación de Windsor Andia Rivera
- 1) El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado adolece de diferentes
- 2) De otro lado denuncia, que existe defecto absoluto a raíz de la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV.1. Del recurso de casación de Asako Inamine TaKei
- En su recuso, la recurrente alega que pese a que el Auto de Vista impugnado
- También se advierte que sobre este reclamo, la recurrente cumplió con la carga procesal de
- En lo que se refiere al primer motivo del recurso, relacionado a que el Auto
- Adicionalmente en cuanto a la cita de la Sentencia Constitucional 0119/2003-R, conforme se tiene señalado
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
