Auto Supremo AS/0874/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0874/2015

Fecha: 02-Dic-2015

A continuación, enfatiza el recurrente que el bono de producción debe formar parte del sueldo

A continuación, enfatiza el recurrente que el bono de producción debe formar parte del sueldo promedio indemnizable en razón a que este fue pagado por la C.B.N. mes a mes en forma continua, permanente y regular, tal como se evidencia de las planillas de fs. 521 a 529 y 309 a 339, en cumplimiento del informe del Ministerio del Trabajo de 21 de julio de 2004 de fs. 150, determinación corroborada por las certificaciones de fs. 365 a 396