Auto Supremo AS/0913/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0913/2015

Fecha: 18-Dic-2015

Ambos documentos expedidos por instituciones públicas donde el recurrente expresa de manera tácita la actividad

A efectos de cumplir con los requisitos para la firma del Contrato Comercial, se inscribe en el Régimen General de Impuestos Nacionales obteniendo su NIT 5346556011 en fecha 5 de julio de 2006, como consta a fs. 67 y cuya actividad principal señalada por el propio impetrante establece: “Actividades de comisionistas, corredores de productos básicos, subastadores”. Luego se inscribe en el Registro de Comercio de Bolivia - FUNDEMPRESA, obteniendo Matricula No. 125505 con el objeto, también señalado por el impetrante, de: “Comercialización de equipos, aparatos accesorios y otros implementos de telefonía y actividad de intermediación (por COMISIÓN) para facilitar los servicios de telefonía”; en fecha 14 de diciembre de 2006, como se acredita a fs. 68.
Ambos documentos expedidos por instituciones públicas donde el recurrente expresa de manera tácita la actividad de COMISIONISTA que realizaba, como comerciante individual o empresa Unipersonal según señalan las literales referidas y que se encuentran enmarcadas en los arts. 1260 a 1289 del Cód. de Com