Auto Supremo AS/1106/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1106/2015

Fecha: 04-Dic-2015

CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 136 a 138 vta., de obrados, interpuesto por Hans German Granado Argote, contra el Auto de Vista REG/S.CII/ZGC/ASEN.288/05.08.2011 de 05 de agosto de 2011, cursante a fs. 132 a 133 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el proceso de restitución de pago indebido seguido por Nohemy Luz Roxana Zabaleta de Pérez contra el recurrente, la respuesta al recurso de fs. 141 a 142 vta., Auto de concesión de fs. 143, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Cochabamba, pronunció Sentencia registrada bajo la partida Nº 106 cursante de fs. 113 a 115, declarando PROBADA la demanda de fs. 26 a 27 vta., e IMPROBADAS las excepciones perentorias de fs. 33 (falsedad e ilegalidad de la demanda, falta de acción y derecho, improcedencia y de prescripción), opuestas por Hans Granado Argote, disponiendo que el demandado a tercero día de ejecutoriada la resolución restituya a la demandante la suma de $us. 30.000 más intereses legales de 6% anual que se computará a partir de la citación con la demanda