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    Auto Supremo AS/1108/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1108/2015

    Fecha: 04-Dic-2015

    5

    5.- refiere la existencia de error de hecho en la valoración de la prueba, por cuanto a notificación con las cartas notariadas a los detentadores de la urbanización exigiendo el pago de lo adeudado, que interrumpieron el plazo de la prescripción conforme dispone el art. 1505 del Código Civil, vulnerándose el art. 1311 de la misma norma legal
    • Distrito: La Paz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución última que a su vez es recurrida de casación en la forma y en
    • Recurso de casación en el fondo
    • 2
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    • En virtud al fundamento expuesto en el recurso de casación en la forma referido a
    • En base a esas consideraciones y de la revisión del Auto de Vista recurrido, si
    • I
    • II
    • III
    • El art
    • De lectura de los antecedentes y especialmente del contrato de compra venta de fecha 15
    • Habiéndose dado respuesta al recurso, se regula el honorario profesional del Abogado patrocinante de la
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda Dra. Rita Susana Nava Durán.

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