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    Auto Supremo AS/1108/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1108/2015

    Fecha: 04-Dic-2015

    8

    8.- Acusa incorrecta interpretación y aplicación de los arts. 138 con relación al 110 del Código civil y 56 de la CPE., por cuanto se demostró a través de la documental que la actora se encuentra detentando el inmueble como consecuencia de un contrato que no fue perfeccionado por su propia culpa, mas no se encuentra en posesión por lo que no correspondía se declara probada la demanda
    • Distrito: La Paz
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución última que a su vez es recurrida de casación en la forma y en
    • Recurso de casación en el fondo
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    • En virtud al fundamento expuesto en el recurso de casación en la forma referido a
    • En base a esas consideraciones y de la revisión del Auto de Vista recurrido, si
    • I
    • II
    • III
    • El art
    • De lectura de los antecedentes y especialmente del contrato de compra venta de fecha 15
    • Habiéndose dado respuesta al recurso, se regula el honorario profesional del Abogado patrocinante de la
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda Dra. Rita Susana Nava Durán.

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