Auto Supremo AS/1122/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1122/2015

Fecha: 04-Dic-2015

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN


CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Que no se habría tomado en cuenta que el compromiso de venta a favor de los Cedeño Hinojosa, habría sido solo la parte que correspondía a la calle 6 de agosto y no así a la Francisco del Rivero, esto en la hipótesis de que se habría la totalidad de la propiedad lo que en los hechos no sería real, porque en el compromiso rezaría que a lado este limitaría con Arturo y Marcial Araos y la certificación de la alcaldía dice que no ha cambiado con el transcurso del tiempo la denominación de las calles, por lo que cuestiona que como podría ser prueba determinante cuando esto genera dudas y no certezas