Auto Supremo AS/1122/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1122/2015

Fecha: 04-Dic-2015

En cuanto a que no se habría acreditado la mala fe, señala que la mala


En cuanto a que no se habría acreditado la mala fe, señala que la mala fe no se acreditaría con certificados, empero durante el proceso no existe no existiría un solo recibo que demuestre que la actora haya pagado el monto total del compromiso de venta