Auto Supremo AS/1167/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1167/2015

Fecha: 16-Dic-2015

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3.- que la parte final de la Sentencia se analizaría cada una de las causales invocadas en la demanda, y hace énfasis en lo previsto por el art. 489 en relación al 549-3) del Código Civil, porque estaría acreditada la causa ilícita existiendo con consecuencia errónea interpretación de ambas normas, considerando que la causa fuera ilícita cuando en el presente caso, el orden público y las buenas costumbres consideran delito la falsedad ideológica refiriendo al Código Penal