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3.- que la parte final de la Sentencia se analizaría cada una de las causales invocadas en la demanda, y hace énfasis en lo previsto por el art. 489 en relación al 549-3) del Código Civil, porque estaría acreditada la causa ilícita existiendo con consecuencia errónea interpretación de ambas normas, considerando que la causa fuera ilícita cuando en el presente caso, el orden público y las buenas costumbres consideran delito la falsedad ideológica refiriendo al Código Penal
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Celia Ramos Flores mediante memorial
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Celia Ramos Flores,
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Considera muestra de aplicación indebida de la ley, porque de manera dolosa se habría introducido
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- De la respuesta al recurso de casación por el Banco Mercantil Santa Cruz S.A.
- Refiere en dos acápites su análisis sobre los presuntos fundamentos del recurso y el reclamo
- En función a lo expresado en el recurso de casación, se ingresa a analizar los
- Por otro lado, desde su perspectiva la aplicación indebida de la ley, tuviera sustento en
- Bajo esa consideración se hace preciso referirse a la apreciación de la prueba cuando se
- En el caso de Autos, si bien es cierto que se evidenció la inserción de
- Existe confusión en la recurrente cuando pretende la existencia de falta de consentimiento en la
- Bajo esas consideraciones corresponde dar aplicación a lo previsto por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Se regulan los honorarios del Abogado en la suma de Bs. 1.000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
