No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento,
No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento, pues en su petitorio solicita se case el auto de vista recurrido y al mismo tiempo se lo revoque, extremo que se constituye en una petición que no se encuentra prevista en el art. 271 del Código de Procedimiento Civil, porque esa forma de resolución de acuerdo a la normativa citada, no existe, sin embargo de esa falencia, al existir hechos controvertidos que deben ser dilucidados, este Alto Tribunal Supremo de Justicia, pasa a resolver en consideración a los siguientes hechos:
En el caso presente, se cuestiona al tribunal ad quem, por haber confirmado la sentencia de primera instancia, en la que se dispuso que la empresa demandada COTEL Ltda., proceda a la devolución de Bs.23.845.- indebidamente descontado, extremo con el cual el demandado no está de acuerdo, por considerar que el aludido descuento es correcto por existir una deuda pendiente la Entidad Mutual Solidaria (EMSOL), producto de un préstamo concedido a favor del trabajador, razón por la cual denuncio la violación de los arts. 13 de la LGT y 48.IV de la CPE
En el caso presente, se cuestiona al tribunal ad quem, por haber confirmado la sentencia de primera instancia, en la que se dispuso que la empresa demandada COTEL Ltda., proceda a la devolución de Bs.23.845.- indebidamente descontado, extremo con el cual el demandado no está de acuerdo, por considerar que el aludido descuento es correcto por existir una deuda pendiente la Entidad Mutual Solidaria (EMSOL), producto de un préstamo concedido a favor del trabajador, razón por la cual denuncio la violación de los arts. 13 de la LGT y 48.IV de la CPE
- Auto Supremo Nº 22/2015-L
- Expediente: LP.291/2010
- Distrito: La Paz
- En grado de apelación formulada por ambos sujetos procesales (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- En ese orden de cosas, denuncio que los de instancia, conculcaron lo previsto en el
- De otro lado denuncio error de hecho y de derecho en la apreciación de las
- Concluyó solicitando que este tribunal case el auto de vista, revoque el mismo y por
- En cuanto al recurso de casación de fs
- Concluyó solicitando que este tribunal case la sentencia y el auto de vista recurrido y
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuestos los recursos, de la revisión de los antecedentes procesales, se
- No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento,
- En este contexto, analizados los antecedentes que cursan en obrados, se advierte que la empresa
- Por lo expuesto precedentemente, se llega a la conclusión que corresponde la devolución del monto
- En este sentido, no siendo evidente las acusaciones alegadas por la parte recurrente, debe darse
- En el caso que se analiza, la controversia traída a colación está centrada en determinar
- Sobre el tema, haciendo el examen que constan en el expediente, se puede advertir que
- Por lo expuesto precedentemente y en virtud a que estos extremos no han sido desvirtuados
- En consecuencia, al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
