Auto Supremo AS/0022/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento,

No obstante que analizado el contenido textual del recurso, se advierte impericia en su planteamiento, pues en su petitorio solicita se case el auto de vista recurrido y al mismo tiempo se lo revoque, extremo que se constituye en una petición que no se encuentra prevista en el art. 271 del Código de Procedimiento Civil, porque esa forma de resolución de acuerdo a la normativa citada, no existe, sin embargo de esa falencia, al existir hechos controvertidos que deben ser dilucidados, este Alto Tribunal Supremo de Justicia, pasa a resolver en consideración a los siguientes hechos:
En el caso presente, se cuestiona al tribunal ad quem, por haber confirmado la sentencia de primera instancia, en la que se dispuso que la empresa demandada COTEL Ltda., proceda a la devolución de Bs.23.845.- indebidamente descontado, extremo con el cual el demandado no está de acuerdo, por considerar que el aludido descuento es correcto por existir una deuda pendiente la Entidad Mutual Solidaria (EMSOL), producto de un préstamo concedido a favor del trabajador, razón por la cual denuncio la violación de los arts. 13 de la LGT y 48.IV de la CPE