Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

1) La recurrente denuncia que el Auto de Vista, incurrió en falta de fundamentación y


II. 3 Recurso de casación de Lidia Flora Valle Calderón.

1) La recurrente denuncia que el Auto de Vista, incurrió en falta de fundamentación y vulneración del art. 124 del CPP, porque el Ad quem, habría: i) Confirmado la Sentencia pese a la inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia; y ii) Porque declaró improcedente su recurso de apelación restringida sin motivación precisa y detallada, y agravó la pena impuesta en su contra a simple pedido del Ministerio Público y la parte querellante: Falta de fundamentación del Auto de Vista que constituye quebramiento de normas y un defecto absoluto; invocando en este motivo como precedentes los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 99 de 24 de marzo de 2005; el primero que estableció como doctrina legal aplicable que, las Sentencias deben ser fundamentadas, consignando todos y cada uno de los hecho debatidos en el juicio, con análisis de todas y cada una de las pruebas de cargo y descargo, fundamentación que debe ser clara y sin contradicciones entre la parte considerativa y resolutiva; y el segundo, que estableció que, los jueces de instancia tienen la obligación de considerar y tomar en cuenta las agravantes y atenuantes que existen a favor o en contra del imputado, expresando los fundamentos en que basan su determinación y cuya omisión constituye defecto absoluto conforme lo dispuesto por el art. 370 inc. 1) del CPP