Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollado el juicio oral y público, por Sentencia 30/2007 de 15 de diciembre (fs. 181 a 186), el Tribunal Quinto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declaró a Lidia Flora Valle Calderón, autora y culpable de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, condenándole a tres años de presidio a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz, más costas a favor del Estado a ser calificados en ejecución de sentencia; asimismo, la declaró absuelta de pena y culpa por la comisión del delito de Estafa previsto y sancionado por el art. 335 del CP. Mediante Auto Complementario de 26 de febrero de 2008 (fs. 214 vta.) se determinó la aplicación del art. 366 inc. 1) del CPP, para que la imputada se acoja al beneficio de la suspensión condicional de la pena