Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0046/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

En lo que respecta al primer motivo en el cual alega que el Auto de


3) Recurso de casación de Lidia Flora Valle Calderón.

En lo que respecta al primer motivo en el cual alega que el Auto de Vista vulnera el art. 124 del CPP, al i) Confirmar la Sentencia que fue dictada sin observar las reglas previstas para la deliberación y redacción de la sentencia; y, ii) Porque declaró improcedente su recurso de apelación restringida sin motivación precisa y detallada, y agravó la pena impuesta en su contra a simple pedido del Ministerio Público y la parte querellante: Se tiene, que la recurrente no precisa qué fundamentos de hecho o derecho no contienen la debida motivación, cuando correspondía precisar los razonamientos que considera vulneratorios del art. 124 del CPP; y cuál la contradicción existente entre la Resolución impugnada, con los fundamentos expresados en los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 99 de marzo de 2005, no siendo suficiente que la recurrente se limite a denunciar falta de fundamentación sin precisar el argumento del Auto de Vista que consideran obscuro, y que no cumple con los requisitos de una resolución fundamentada (expresa, clara, completa, legitima o lógica), por lo que el motivo deviene en inadmisible por incumplimiento del requisito previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP