Auto Supremo AS/0070/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0070/2015

Fecha: 25-Feb-2015

Más la actualización y multa del 30% prevista en el art

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confiere el art. 42.I.1 de la LOJ, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista 063/2010 de 24 de marzo pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, disponiendo que la empresa demandada cancele a favor del actor los beneficios sociales tomando en cuenta el salario promedio indemnizable y tiempo de servicios determinado en la Sentencia de fs. 155 a 158, bajo la siguiente liquidación:

Indemnización
Por, 3 años, 2 meses, 4 días Bs.9.751,94.-


Vacaciones
Por,39.66.días Bs.4.056,94.-

Sueldo adeudado
4,días Bs.409,16.-

Primas Bs.9.752,00.-

TOTAL Bs.23.970,04
Menos finiquito de fs. 90 Bs.5.272,17.-
TOTAL A CANCELAR Bs.18.697,87

Más la actualización y multa del 30% prevista en el art. 9.II del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, a ser calculada en ejecución de Sentencia, sobre el total a cancelar dispuesto en este Auto Supremo. Sin multa por ser excusable