Auto Supremo AS/0083/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2015-RRC

Fecha: 06-Feb-2015

1)Como primer motivo, los recurrentes denuncian la existencia del defecto de Sentencia previsto por el


1)Como primer motivo, los recurrentes denuncian la existencia del defecto de Sentencia previsto por el art. 370 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), por vulneración de los arts. 174 y 175 del referido Código, a tiempo de incorporar las pruebas “MP3, MP4, MP5 y MP6”, consistentes en actas de registro y requisa de inmueble, requisa personal, prueba de campo, secuestro de sustancias controladas, respectivamente; pues las mismas no cumplirían los requisitos para su obtención, al no constar en las referidas actas, la razón del impedimento de contar con la presencia de un testigo