Auto Supremo AS/0083/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2015-RRC

Fecha: 06-Feb-2015

En su mérito y contra la Sentencia de grado, los imputados no han efectivizado el

Por otro lado, del análisis de los antecedentes relacionados al caso que se analiza, se advierte que durante la sustanciación del juicio oral, público y contradictorio, la defensa alegando el contenido ilegal de la prueba documental que se pretendía introducir al juicio oral por el Ministerio Público, planteó incidente de exclusión probatoria de la documentación probatoria de cargo, codificada como “MP1, MP2, MP3, MP4, MP5, MP8, MP9, MP11, MP14, MP15 y MP16”, con la invocación de los arts. 25 de la Constitución Política del Estado (CPE), 13, 120, 169 del CPP, 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 5 del Pacto de San José de Costa Rica, que fue rechazado por el Tribunal de Sentencia mediante Auto de 21 de septiembre de 2010 (fs. 248 a 249 vta.), a cuyo resultado, la defensa de los recurrentes, se reservó el derecho a recurrir.

En su mérito y contra la Sentencia de grado, los imputados no han efectivizado el derecho reservado a recurrir de apelación incidental conjuntamente la restringida; por el contrario, estos aspectos fueron consignados en apelación restringida como un agravio bajo el subtítulo “QUE SE BASE EN MEDIOS O ELEMENTOS PROBATORIOS NO INCORPORADOS LEGALMENTE A JUICIO Art. 370-4” (sic), que implica haberse dado por bien hecho lo resuelto por el Tribunal de Sentencia, respecto de la resolución de rechazo del incidente de exclusión probatoria, al no ejercer el derecho de apelación incidental a tiempo de interponer la apelación restringida como correspondía; por lo que se concluye, no existe ninguna situación de vulneración a la norma adjetiva menos el defecto de sentencia acusado previsto en el art. 370 inc. 4) del CPP, de donde resulta que la denuncia esbozada por los recurrentes en cuanto a este motivo carece de mérito