Auto Supremo AS/0101/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los artís


Ahora bien, el Auto de Vista impugnado, ante los mismos reclamos, se abstuvo de otorgar análisis, al estar aquellos relacionados con la base fáctica del proceso que no son susceptibles de análisis, posición que comporta una línea afín con los precedentes invocados, en cuanto significa la limitación y el ámbito sobre la resolución de aspectos que incumban nueva valoración de la prueba y cuestiones sobre los hechos que fueron base del juicio oral, debiendo su labor circunscribirse, como ya se adelantó, a realizar un control sobre los razonamientos por los que el juzgador asumió una decisión y si los mismos se sujetaron al sistema de la sana crítica”; en cuyo mérito, el presente recurso de casación deviene en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los artís. 184. 1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ y 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por Basilio Egedio Colquehuanca Huayhua y Ladislao Ángel Herbozo Vásquez