Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
Las resoluciones, para su validez y eficacia, requieren cumplir determinadas formalidades, dentro las cuales se encuentra el deber de fundamentarlas y motivarlas adecuadamente; debiendo entenderse por fundamentación la obligación de emitir pronunciamiento con base en la ley y por motivación, el deber jurídico de explicar y justificar las razones de la decisión asumida, vinculando la norma legal al caso concreto; al respecto, el Auto Supremo 111/2012 de 11 de mayo, señaló que: “Este deber se halla sustentado en el principio lógico de la razón suficiente; al respecto, Juan Cornejo Calva, en su publicación ‘Motivación como argumentación jurídica especial’, señala: ‘El derecho contemporáneo ha adoptado el principio de la Razón Suficiente
como fundamento racional del deber de motivar la resolución judicial. Dicho principio vale tanto como principio ontológico cuanto como principio lógico. La aplicación o, mejor, la fiel observancia, de dicho principio en el acto intelectivolitivo de argumentar la decisión judicial no solamente es una necesidad de rigor (de exactitud y precisión en la concatenación de inferencias), sino también una garantía procesal por cuanto permite a los justificables y a sus defensores conocer el contenido explicativo y la justificación consistente en las razones determinantes de la decisión del magistrado. Decisión que no sólo resuelve un caso concreto, sino que, además, tiene impacto en la comunidad: la que puede considerarla como referente para la resolución de casos futuros y análogos. Por lo tanto, la observancia de la razón suficiente en la fundamentación de las decisiones judiciales contribuye, también, vigorosamente a la explicación (del principio jurídico) del debido proceso que, a su vez, para garantizar la seguridad jurídica.
En definitiva, es inexcusable el deber de especificar por qué, para qué, cómo, qué, quien, cuando, con que, etc., se afirma o niega algo en la argumentación de una decisión judicial en el sentido decidido y no en sentido diferente. La inobservancia del principio de la razón suficiente y de los demás principios lógicos, así como de las reglas de la inferencia durante la argumentación de una resolución judicial, determina la deficiencia en la motivación, deficiencia que, a su vez, conduce a un fallo que se aparta, en todo o en parte, del sentido real de la decisión que debía corresponder al caso o lo desnaturaliza. Esa deficiencia in cogitando, si es relevante, conduce a una consecuencia negativa que se materializa en una decisión arbitraria’ ".
Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de forma lógica y con base en la Ley, las razones de la decisión asumida en apego al principio de congruencia, que es aquella exigencia legal que obliga a establecer una correlación total entre la pretensión de quien recurre y la decisión de la autoridad jurisdiccional; es decir, a la existencia de concordancia entre lo planteado por las partes y la decisión asumida por el Juez o Tribunal, pero además, exige la concordancia o coherencia entre los fundamentos de la Resolución y la parte resolutiva de la misma, caso contrario, la resolución podría incurrir en vicio de incongruencia que puede ser interna o externa
- Por memorial presentado el 27 de agosto de 2014 de fs
- El recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
- b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por los imputados (fs
- Los recurrentes expresan, a título de “POBRE FUNDAMENTACIÓN, INSUFICIENCIA EN LA MOTIVACIÓN Y CONTRADICCIÓN DE
- II.1. De las acusaciones
- empresa, dónde Basilio Egedio Colquehuanca Huayhua, auxiliar de Tesorería, en conversación privada manifestó al Gerente
- II.2. De la Sentencia
- En juicio de reenvío, el Tribunal Sexto de Sentencia de la entonces Corte Superior del
- II.3.De la apelación restringida
- Basilio Egedio Colquehuanca Huayhua y Ladislao Ángel Herbozo Vásquez, opusieron recurso de apelación restringida (fs
- Los apelantes también reclamaron la ausencia de fundamentación para desestimar lo depuesto por la testigo
- Auto Supremo 728 de 26 de noviembre de 2004, los apelantes señalaron que, se los
- Concluyen solicitando que el Tribunal de grado disponga la nulidad de juicio, debiendo otro tribunal
- II.4.Del Auto de Vista
- Anulado el Auto de Vista 344/12 de 24 de octubre de 2012, la Sala Penal
- e)Sobre la aplicación de atenuantes y agravantes, el Tribunal de alzada establece que: “…si bien
- Habiendo sido admitido el recurso de casación por la vía de la flexibilización, corresponde emitir
- III.1. Marco legal y doctrinal
- III.1.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.1.2. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
- En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
- III.1.3.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- las normas del correcto entendimiento humano inaplicadas o aplicadas erróneamente, expresando las partes de la
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.1.4. Sobre el planteamiento de los recursos
- memorial se encuentre estructurado y compuesto de un esquema lógico-jurídico coherente, que permita entender con
- III.2.Análisis del caso concreto
- Habiendo sido admitido vía flexibilización el recurso de casación formulado por los imputados Basilio Egedio
- Analizados los antecedentes del proceso, se evidencia que la denuncia de los recurrentes está dirigida
- pendiente la recepción de un informe del IDIF, necesariamente esta expectativa por sí misma sea
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los artís
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
