Auto Supremo AS/0122/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2015-RRC

Fecha: 24-Feb-2015

Por lo expuesto y en atención a los principios de trascendencia y conservación que rigen


Por lo expuesto y en atención a los principios de trascendencia y conservación que rigen el sistema de nulidades procesales, en mérito a los cuales no hay nulidad sin perjuicio y el juzgador tiene la obligación de procurar la conservación de los actos procesales cuando el vicio existente en el acto no produce indefensión de las partes, en el caso concreto no se advierte que el fundamento de la Sentencia cuestionado, constituya defecto absoluto lesivo de derechos y garantías constitucionales, por lo que corresponde declarar infundado el motivo analizado