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    Auto Supremo AS/0141/2015-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0141/2015-RRC

    Fecha: 27-Feb-2015

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    • Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2014, cursante de fs
    • b)Contra la mencionada Sentencia el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • Del memorial que cursa de fs. 370 a 372, se extrae el siguiente motivo
    • Mediante Auto Supremo 702/2014-RA de 1 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • II.2. De la apelación restringida
    • II.3.Del Auto de Vista
    • Que, el apelante acusó defecto absoluto por la aplicación retroactiva de la CPE y de
    • Este Tribunal, antes de ingresar al análisis propiamente dicho del recurso de casación intentado por
    • III.1.Consideraciones respecto a la retroactividad de la ley penal y la noma penal aplicable
    • Por otra parte, contrario al razonamiento de la retroactividad de la ley, está la ultractividad
    • Respecto a la retroactividad de la Ley, el art
    • En el mismo sentido se pronunciaron las SSCC 0386/2005-R y 0807/2007-R, entre otras, mismas que
    • Por lo desarrollado líneas supra, la jurisprudencia constitucional nacional y la de los tribunales internacionales
    • Se aplica norma adjetiva vigente (retrospectividad)
    • Bajo los argumentos expuestos y de una interpretación “de la Constitución” del art
    • A su vez, la norma derogada no regirá como regla para la actividad a cumplir
    • Bajo este mismo razonamiento, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, en su SCP 0770/2012 de
    • En este marco, conforme la doctrina uniforme, la jurisprudencia nacional e internacional en lo referente
    • Asimismo, la SCP 1717/2012 de 1 de octubre, citando jurisprudencia desarrollada por el anterior Tribunal
    • De la doctrina constitucional referida se puede colegir que las leyes en general y las
    • De la doctrina y jurisprudencia constitucional precedentemente citadas, se extrae que la aplicación y vigencia
    • En esta línea de razonamiento de manera específica el Auto Supremo 407/2014-RRC de 21 de
    • Bajo el razonamiento precedente concluyó que “(…) al ser el art
    • III.2.Análisis del caso planteado
    • De los antecedentes procesales, se advierte que el Auto de Vista impugnado ante el incumplimiento
    • Como puede constatarse esta conclusión del Tribunal de Sentencia, que fue convalidada por el Tribunal
    • y determina que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, sin
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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