Auto Supremo AS/0150/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

II.3. De las apelaciones restringidas


Mediante Sentencia 04/2013 de 11 de marzo, el Juzgado Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Hernán Martínez Gallardo y Cesar Cardozo Bruselas, autores de los delitos de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, establecidos en los arts. 55 y 53 de la Ley 1008, condenándoles a sufrir la pena privativa de libertad de doce años (nueve años por Transporte y tres años por Asociación Delictuosa y Confabulación), más quinientos días multa a favor de la Fiscalía General, y la confiscación definitiva de los celulares, la camioneta incautada a favor del Estado y $us. 200.- (doscientos dólares estadounidenses).

En la referida Sentencia se establecieron como hechos probados: a) Que el 13 de noviembre de 2011 a horas 11:45 aproximadamente, arribó al puesto de control la camioneta Ford con placa de control 1226-HHA, conducida por Hernán Martínez Gallardo, procedente de la ciudad de Oruro con destino a la ciudad de Tarija, acompañado de Cesar Cardozo Bruselas, observándose que en la parte de la carrocería existía macilla fresca y viendo que los ocupantes estaban nerviosos se procedió al arresto de los ocupantes; b) Una vez en dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN), en mérito a la requisa del vehículo, se encontró en la carrocería un compartimiento hábilmente camuflado, en el cual se encontraron sesenta y un paquetes en forma de ladrillo, que sometidos a la prueba de Narco Test dio positivo a cocaína, esta situación fue probada por las declaraciones de los testigos de cargo y con la “MP1” Acta de Requisa del Vehículo, “MP2” Acta de Prueba de Campo, “MP4” Acta de pesaje de Sustancias Controladas, “MP23” Dictamen Técnico Pericial, “MP24” muestrario fotográfico, “MP26” muestras representativas de los sesenta y un paquetes.

II.3. De las apelaciones restringidas