Auto Supremo AS/0082/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0082/2015

Fecha: 23-Mar-2015

Por otra parte, señala que el tribunal de alzada concluyó en la inexistencia de relación

Por otra parte, señala que el tribunal de alzada concluyó en la inexistencia de relación laboral, en virtud a las declaraciones testificales de cargo, sin considerar que el único testigo que afirmó que su persona no era trabajador de la empresa demandada, es hermano de la demandada, testimonio que no puede ser tomando en cuenta por encontrarse inmerso en las tachas establecidas en el art. 446 del CPC, por lo tanto, viciado de nulidad; así mismo, la declaración de Maura Otuvo Yarari, tampoco podría tomada en cuenta como creíble, por la relación de dependencia que existe entre la misma y el hermano de la demandada, siendo que además, no indica en sus declaraciones, nada congruente, ya que dijo desconocer si su persona trabajaba o ganaba algún sueldo; señalando que estas las dos declaraciones referidas, más una tercera, no hacían fe probatoria como erróneamente apreciaron los tribunales de instancia