Auto Supremo AS/0100/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2015-RA-L

Fecha: 04-Mar-2015

Respecto al único motivo, expuesto por el recurrente, por el que acusa que el Auto


V.2. Del recurso de casación de Víctor Aguilar Zeballos

Respecto al único motivo, expuesto por el recurrente, por el que acusa que el Auto de Vista recurrido no advirtió la falta de fundamentación en la Sentencia que se limitó al enunciamiento de la prueba, sin asignarle valor; se establece que si bien el impetrante invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004, 410 de 20 de octubre de 2006, 442 de 10 de septiembre de 2007 de la Sala Penal Primera, 443 de 12 de septiembre de 2007 de la Sala Penal Primera y 349 de 28 de agosto de 2006 de la Sala Penal Segunda; no realizó labor de contrastación alguna entre el precedente con el Auto de Vista recurrido, inobservando los requisitos establecidos por los arts. 416 y 417 del CPP e inviabilizando el análisis de fondo del recurso de casación planteado