Así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación
CONSIDERANDO II:
II.1 FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL AUTO SUPREMO
Así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido y a los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:
Para resolver el punto 1) del recurso, debemos empezar señalando que el derecho al trabajo en Bolivia siempre tuvo especial protección que ya la Constitución de 1967 preveía en sus arts. 156 y ss. Esta protección se vio amplificada a partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009, así sus arts. 46 y 48.II y III, establecen que toda persona tiene derecho a un trabajo digno, a un salario o remuneración justa, equitativa y satisfactoria, preceptuando también que los beneficios sociales reconocidos a favor de las y los trabajadores no pueden renunciarse. Por otra parte, el art. 49.III de la CPE, señala que el Estado protegerá la estabilidad laboral; además de ser expreso en la prohibición de despido injustificado y toda forma de acoso laboral
II.1 FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL AUTO SUPREMO
Así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido y a los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:
Para resolver el punto 1) del recurso, debemos empezar señalando que el derecho al trabajo en Bolivia siempre tuvo especial protección que ya la Constitución de 1967 preveía en sus arts. 156 y ss. Esta protección se vio amplificada a partir de la promulgación de la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009, así sus arts. 46 y 48.II y III, establecen que toda persona tiene derecho a un trabajo digno, a un salario o remuneración justa, equitativa y satisfactoria, preceptuando también que los beneficios sociales reconocidos a favor de las y los trabajadores no pueden renunciarse. Por otra parte, el art. 49.III de la CPE, señala que el Estado protegerá la estabilidad laboral; además de ser expreso en la prohibición de despido injustificado y toda forma de acoso laboral
- Demandado: Empresa TOTE’S Ltda
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación de fs
- 2) El Auto de Vista no efectuó una apropiada interpretación del Decreto Supremo (DS) N°
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia que case el Auto de Vista N° 028/10
- Así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación
- En igual sentido uno de los principios más importantes en materia laboral, cual es el
- En el caso de autos, a efectos de determinar la forma de desvinculación laboral, determinando
- Conforme los antecedentes traídos a casación, es visible que tales aspectos no fueron observados por
- Es así, que en resguardo de los derechos laborales, y más precisamente a la estabilidad
- Por último, con referencia al punto 3) del recurso, sobre la supuesta infracción de incumplimiento
- En autos, el recurrente denuncia que los de instancia obviaron valorar la prueba de descargo
- Sobre aquel particular, sobresale que la parte recurrente a lo largo del proceso asumió dos
- Por lo referido se tiene que, tanto la Juez a quo como el Tribunal ad
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
