Auto Supremo AS/0188/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

Identificados así los precedentes que el recurrente considera contradichos por el Auto de Vista dictado


Identificados así los precedentes que el recurrente considera contradichos por el Auto de Vista dictado e ingresando al análisis del caso concreto, es evidente que este Tribunal señaló permanentemente en cuanto a la naturaleza del recurso de apelación restringida que, tomando en cuenta el sistema acusatorio que acogió nuestro país en materia penal, no existe la doble instancia, por lo que el recurso de apelación restringida no puede constituir un mecanismo a través del cual se pretenda la revisión de la sentencia para el establecimiento de hechos, a través de una nueva valoración de la prueba producida en el juicio oral, estando vetada la posibilidad de valorar la prueba y modificar o establecer nuevos hechos a los contenidos en la Sentencia