Auto Supremo AS/0191/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

Del análisis efectuado, se concluye que el Tribunal de alzada no incurrió en el defecto


Del análisis efectuado, se concluye que el Tribunal de alzada no incurrió en el defecto denunciado, porque dio respuesta fundada al reclamo alegado en el recurso de apelación restringida, como tampoco se observa la inexistencia de una situación contradictoria entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado, por lo que el recurso interpuesto con el motivo alegado, deviene en infundado