Auto Supremo AS/0191/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2015-RRC

Fecha: 19-Mar-2015

Por su parte, el Tribunal de apelación al considerar que la sentencia cumplió con la


Por su parte, el Tribunal de apelación al considerar que la sentencia cumplió con la previsión establecida en el art. 124 del CPP y al sostener que se ha apreciado y valorado las pruebas conforme a las reglas de la sana crítica, ha obrado debidamente, pues su labor de control jurídico de la Sentencia y de la valoración de la prueba realizada por la Juzgadora de Sentencia, ha sido cumplido de acuerdo a los parámetros establecidos por el art. 398 del CPP, al circunscribir sus actos a los motivos que fueron objeto de la apelación restringida, sin advertir que el fallo fue sustentado en base a una defectuosa valoración de la prueba; teniendo presente además, que la facultad de control que debe ejercer respecto de la valoración de la prueba, no implica valorar nuevamente los hechos, pues tal labor excedería los márgenes del recurso y la competencia de dicho tribunal; sino la comprobación si el razonamiento jurídico del juez se ha adecuado a las reglas que impone el sistema de sana crítica, siendo que lo examinado ha gravitado en la decisión que traduce la Sentencia en base a criterios de razonabilidad