Auto Supremo AS/0212/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2015-RA

Fecha: 31-Mar-2015

En el caso concreto, se advierte que no obstante el recurrente aduce que el Auto


En el caso concreto, se advierte que no obstante el recurrente aduce que el Auto de Vista recurrido, no se habría sujetado al Auto Supremo 229/2014-RRC, dictado dentro del proceso penal que dio lugar al presente recurso de casación en análisis, que determinó que la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca pronuncie un nuevo Auto de Vista “debidamente fundamentado”, no concreta qué aspectos del referido Auto Supremo no merecieron una debida fundamentación, limitándose el recurrente a denunciar que los miembros del Tribunal de alzada omitieron fundamentar las razones por las que anteriormente anularon la Sentencia y dispusieron el reenvío de la causa penal, sin concretar ninguna, pretendiendo que este Órgano Colegiado supla la falta de especificidad del recurso de casación, revisando de oficio el cumplimiento de los varios motivos que dieron lugar al aludido Auto Supremo, en el que se determinó dejar sin efecto el Auto de Vista 111/2014, entonces recurrido, aspecto que no condice con la carga argumentativa mínima que debe observar el impugnante a objeto de hacer conocer la supuesta contradicción en la que habría incurrido el Tribunal de alzada con el aludido Auto Supremo y el 251/2012 de 17 de septiembre invocado como precedente; por consiguiente, no es posible que este Máximo Tribunal de Justicia, efectúe la labor de contraste jurisprudencial encomendada en etapa de casación en materia penal