Auto Supremo AS/0048/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0048/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

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3.- Aduce inaplicabilidad de los arts. 152 y 149 del Código Procesal del Trabajo en relación al art. 331 del Código de Procedimiento Civil, porque si bien el juez tiene facultad de actuar y orientar de oficio las diligencias que tiendan al mayor esclarecimiento de los hechos, ésta facultad posee un límite pues en materia laboral se tiene una ley y un procedimiento que la regula, por lo que no todo queda a la libre interpretación del legislador