Auto Supremo AS/0224/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

Con relación al primer inciso de los precitados, corresponde señalar que el recurrente no invocó


Con relación al primer inciso de los precitados, corresponde señalar que el recurrente no invocó precedente contradictorio y menos explicó ni fundamentó una presunta contradicción con el Auto de Vista impugnado, incumpliendo las exigencias de los arts. 416 y 417 del CPP, imposibilitando a este Tribunal efectuar la labor de contraste, con relación al inciso que se analiza, deviniendo en inadmisible