Auto Supremo AS/0251/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2015-RA

Fecha: 10-Abr-2015

Con relación al quinto agravio, en el que la recurrente aduce que los motivos referidos


Con relación al quinto agravio, en el que la recurrente aduce que los motivos referidos a los defectos de sentencia previstos en el art. 370 incs. 1), 5), 6), 8) y 11) del CPP, no fueron debidamente fundamentados y motivados, especificando que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, añadiendo que se limitó a dar por bien hecha la inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva y la inobservancia de las normas procesales, a cuyo efecto, reitera parte de los argumentos expuestos en la apelación restringida, debe dejarse establecido que; además, de no explicar razonadamente en cuál de las corrientes de los incs. 1), 5) y 6) citados, radica la denuncia atribuida a la Sentencia, omite explicar de algún modo en qué consistiría la supuesta contradicción entre los razonamientos asumidos en el Auto de Vista recurrido y los precedentes invocados; por lo que, este Tribunal se ve imposibilitado de analizar el fondo de los motivos vía contrastación jurisprudencial