Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0267/2015-RRC
Fecha: 23-Abr-2015
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
-
a) En mérito a las acusaciones pública y particulares, una vez concluida la audiencia de
-
b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público, la Gerencia Distrital de Pando del Servicio
-
De la revisión del recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público se extrae el
-
I.1.2. Petitorio
-
El Ministerio Público, solicita se declare fundado el recurso y se deje sin efecto el
-
Mediante Auto Supremo 254/2015-RA de 14 de abril, este Tribunal declaró admisible el recurso de
-
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
-
El Ministerio Público presentó apelación restringida (fs
-
II.3. Del Auto de Vista impugnado
-
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió el recurso
-
Resoluciones Contrarias a la Constitución y a las Leyes, implica que la servidora o servidor
-
III.1. De los precedentes contradictorios invocados
-
El Ministerio Público, invocó los Autos Supremos 529 de 17 de noviembre de 2006, 444
-
Los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005 y 529 de 17
-
Que el Tribunal de Alzada, al no haber advertido, que la adecuación del hecho ilícito
-
Por lo señalado precedentemente y al haberse dictado resoluciones que infringen el debido proceso proclamado
-
Por otra parte, el Auto Supremo 437 de 24 de agosto de 2007, pronunció la
-
La falta de fundamentación en las resoluciones jurisdiccionales constituye un defecto absoluto, porque afecta al
-
La jurisprudencia penal tiene sentada una línea con respecto a la falta de fundamentación en
-
Finalmente, el Auto Supremo 241 de 1 de agosto de 2005, no será tomado en
-
III.2. Análisis del caso planteado
-
En el recurso en examen, conforme se tiene señalado en el acápite I
-
De la relación establecida en Sentencia, se extrae que el Tribunal de Sentencia partió de
-
Es así que, el Tribunal de alzada, atendiendo el recurso de apelación restringida que presentó
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art
-
A los efectos de lo previsto por el art
-
En aplicación del art
-
Regístrese, hágase saber y cúmplase
-
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Otros enlaces de interés: