a) En mérito a la acusación pública (fs
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) En mérito a la acusación pública (fs. 1 a 4 vta.); y, una vez desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, pronunció la Sentencia 10/2012 de 15 de agosto (fs. 413 a 416), que declaró al imputado Renzo Elías Galarza Nieves autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, tipificado por los arts. 48 en relación al 33 inc. m), ambos de la Ley 1008, imponiéndole la pena de doce años de privación de libertad, más el pago de quinientos días multa a razón de Bs. 1.- por día y costas en favor del Estado; asimismo, lo absolvió del delito de Asociación Delictuosa y Confabulación, tipificado por el art. 53 de la referida Ley; dictando finalmente Sentencia absolutoria en favor de la coimputada Jacqueline Patricia Cáceres Ortega, por ambos delitos, sin costas
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2014, que cursa de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- El recurrente señala que denunció en apelación, la incorrecta valoración de la prueba efectuada en
- Con base a los argumentos que expone y los precedentes contradictorios invocados, el recurrente pide
- Por Auto Supremo 020/2015-RA de 8 de enero, cursante de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Mediante Sentencia 10/2012 de 15 de agosto, el Juzgado Primero de Sentencia de Tarija, declaró
- La prueba material y literal incorporada al juicio, estableció que Renzo Elías Galarza Nieves, acompañado
- II.2. De la apelación restringida
- El imputado Renzo Elías Galarza Nieves, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada resolvió el recurso de apelación restringida a través del Auto de
- De acuerdo al Auto Supremo 020/2015-RA de 8 de enero, este Tribunal admitió el presente
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2. Doctrina legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.3. Análisis del caso concreto
- El imputado Renzo Elías Galarza Nieves, formula recurso de casación alegando que en recurso de
- Enfatiza que la valoración incorrecta de la prueba realizada por la Juez de Sentencia, comprende
- Establecido el ámbito de análisis e identificada la problemática objeto de casación, corresponde verificar si
- Ahora bien, el Auto de Vista impugnado, en lo atinente al motivo denunciado en el
- En el caso de autos, se advierte que la Sentencia en su contenido y conclusiones,
- Por su parte el Auto de Vista impugnado, a tiempo de disponer sin lugar el
- Por otro lado, con relación a lo acusado en el recurso de casación, en sentido
- En el caso de autos, el recurrente al aducir carencia de valoración intelectiva contraria a
- El análisis precedente, permite enfatizar además, que la Jueza de Sentencia, en coherencia con el
- Finalmente, del análisis de los precedentes invocados, basados en la resolución de cuestiones referidas a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
