III.3. Análisis del caso concreto
Asimismo, el recurrente invocó el Auto Supremo 724/2004 de 26 de noviembre, emergente del proceso penal seguido por los delitos de Estafa y Estelionato, en el que se emitió sentencia que declaró la autoría de los imputados imponiéndose pena privativa de libertad. Formulados los recursos de apelación restringida, fueron resueltos por el Auto de Vista de 6 de mayo de 2004, que los declaró improcedentes y mantuvo firme y subsistente la sentencia, modificando la pena impuesta a la imputada de cuatro a dos años de reclusión. Interpuesto el recurso de casación, la extinta Corte Suprema, constató que el Auto de Vista recurrido era contradictorio a los precedentes invocados, respecto de la omisión de requisitos de toda sentencia tal cual prescribe el art. 242 del CPP, aspecto que constituye causal de anulación al tenor del art. 297 inc. 7) del mismo Código por afectar las formas esenciales del juicio, el debido proceso, la defensa, por no haberse pronunciado sobre todos los puntos apelados incurriendo en un defecto absoluto insubsanable; en cuyo mérito, a tiempo de dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, esbozó la siguiente doctrina legal: “Que el juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento Penal, se halla tutelado por las garantías constitucionales y las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio. En su desarrollo las partes asumen el papel protagónico de someterse a las reglas del debido proceso en igualdad de condiciones. Los Tribunales de Sentencia o el Juez deben emitir la sentencia fundamentada consignando todos y cada uno de los hechos debatidos en el juicio, con un análisis de todas y cada una de las pruebas de cargo y descargo incorporadas legalmente en el proceso, debiendo la fundamentación ser clara sin contradicción entre la parte considerativa y la resolutiva, con indicación de las normas sustantivas o adjetivas que respalden el fallo requisitos que toda sentencia debe contener, constituyendo su omisión defectos de sentencia insubsanables al tenor del artículo 370 inciso 3) y 5) del Código de Procedimiento Penal, por lo que en esos casos corresponde aplicar el primer parágrafo del artículo 413 del Código de Procedimiento Penal”.
III.3. Análisis del caso concreto
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2014, que cursa de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- El recurrente señala que denunció en apelación, la incorrecta valoración de la prueba efectuada en
- Con base a los argumentos que expone y los precedentes contradictorios invocados, el recurrente pide
- Por Auto Supremo 020/2015-RA de 8 de enero, cursante de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- Mediante Sentencia 10/2012 de 15 de agosto, el Juzgado Primero de Sentencia de Tarija, declaró
- La prueba material y literal incorporada al juicio, estableció que Renzo Elías Galarza Nieves, acompañado
- II.2. De la apelación restringida
- El imputado Renzo Elías Galarza Nieves, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada resolvió el recurso de apelación restringida a través del Auto de
- De acuerdo al Auto Supremo 020/2015-RA de 8 de enero, este Tribunal admitió el presente
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2. Doctrina legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- El recurrente para fundar su recurso de casación, invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo
- El avenimiento de nuestro sistema procesal a este método de valoración de prueba, exige una
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.3. Análisis del caso concreto
- El imputado Renzo Elías Galarza Nieves, formula recurso de casación alegando que en recurso de
- Enfatiza que la valoración incorrecta de la prueba realizada por la Juez de Sentencia, comprende
- Establecido el ámbito de análisis e identificada la problemática objeto de casación, corresponde verificar si
- Ahora bien, el Auto de Vista impugnado, en lo atinente al motivo denunciado en el
- En el caso de autos, se advierte que la Sentencia en su contenido y conclusiones,
- Por su parte el Auto de Vista impugnado, a tiempo de disponer sin lugar el
- Por otro lado, con relación a lo acusado en el recurso de casación, en sentido
- En el caso de autos, el recurrente al aducir carencia de valoración intelectiva contraria a
- El análisis precedente, permite enfatizar además, que la Jueza de Sentencia, en coherencia con el
- Finalmente, del análisis de los precedentes invocados, basados en la resolución de cuestiones referidas a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
